patentes y marcas
Modelos de Utilidad
Modelo de Utilidad o patente de innovación
Los modelos de utilidad también llamados patentes de innovación representan la modalidad más sencilla de patentes de invención.
La
OEPM y la
ley de patentes define el
Modelo de Utilidad como
una novedad de dispositivo, instrumento o herramienta que resulte práctica y útil.
Protección de la utilidad
Se pueden proteger como Modelo de Utilidad las innovaciones de carácter práctico, basadas principalmente en una nueva estructura o composición sobre un dispositivo o herramienta preexistente.
Como todas las patentes, el título confiere el derecho exclusivo de explotación. Este derecho impide a terceros fabricar, vender o usar la invención o innovación sin consentimiento previo del titular.
Titulares del Modelo de Utilidad
Puede ser titular de una patente en España toda persona natural o jurídica:
· residente en España.
· con intereses y presencia real en España.
· que goce de los privilegios del
convenio de París.
· que su país de origen permita recíprocamente en su propia legislación, la titularidad de patentes de personas naturales o jurídicas de nacionalidad Española.
Además, en otros casos no contemplados anteriormente, los solicitantes podrán invocar en su beneficio las disposiciones contempladas en la Unión de París que les sean favorables.
Requisitos esenciales
La protección de un modelo de utilidad está subordinada a la publicación de un secreto industrial Español. Si la solución o idea de innovación está previamente publicada o divulgada en España por cualquier método, escrito o verbal, entonces no se podrá registrar.
Adecuación
La protección a través del registro de modelos de utilidad es adecuado para pequeñas innovaciones o invenciones menores basadas en una nueva composición o estructura para una herramienta, instrumento o dispositivo.
En algunos casos puede ser de utilidad comenzar la protección de una invención a través del registro de Modelo de Utilidad con la intención de conseguir posteriormente la Patente de invención. Es una estrategia que minimiza los costes iniciales de registro.
Periodos de protección
El tiempo máximo de protección del modelo de utilidad es de 10 años y los periodos de renovación son anuales.
Documentación necesaria
a ) Descripción de la innovación.
b ) Una o varias reivindicaciones.
c ) Dibujos referentes a la descripción o a las reivindicaciones.
A diferencia de las Patentes no es necesario en este caso la presentación de un resumen de la invención.